Peligrosísimos abuelos "escraches" |
Esto de los “escraches”, “tocacojones”, asedio, acoso
o grupos de presión, o como queramos llamarlo, no es nada nuevo. Todos hemos
oído hablar de los lobbys de influencia, claro que este término, este
anglicismo, implica cierta noción de poder; mientras que el término
“escraches”, surgido en la depresión Argentina, mejor dicho en Argentina, (ya
que no creo que hayan salido alguna vez de la depresión), lleva implícito un
cierto carácter peyorativo; reforzado por el esfuerzo de los miembros del
partido en el gobierno por hacernos creer esta idea.
Así, unos dicen que: “estos acosos son la forma de actuar de quienes no creen en la
democracia y solo conocen la coacción para lograr que quienes ostentan la
representación legítima de los ciudadanos cambien el sentido de su voto”.
(Santiago Lanzuela, diputado
nacional y ex presidente del Gobierno de Aragón).
Santiaguico, hijo, como te llamaríamos aquí, tienes
toda la razón al decir que “no creen en la democracia”; pero esto es general,
hoy en día nadie cree en la democracia, al menos en la que propugnas tu y tu
partido. La democracia supera a esta
bandadeprofesionalestrepadoresdelapolíticasinideales, la democracia es
participación, representación, elección, consenso, justicia, legalidad,
igualdad. La democracia encierra una serie de valores que los politiqueros
herederos de los politiqueros de antes se han encargado de enterrar en pro de
sus beneficios partidistas y por tanto particulares.
También estoy de acuerdo con lo que dices acerca
del uso de la coacción, pero la coacción pacífica, ya que el monopolio del uso
de la fuerza lo ostenta el Estado. Estos escriches solo luchan con su voz, a
gritos; pero solo con su voz, no portan chalecos antinada, ni porras, ni
pistolas. Además solo piden que cambie su voto en pro de una causa justa, al
menos para ellos y para todos los que han firmado una ILP (*). Más coacción es
la de su propio partido si no se posiciona según sus rígidos dictados, la
llamada disciplina de voto.
Habla también de “quienes ostentan la
representación legítima de los ciudadanos”, es decir, los votados en unas
listas cerradas. Listas en las que figuran los que salen en la foto, los que no
se mueven. Los elegidos en base a unas promesas que no han cumplido y conforme
a un programa mentiroso. Y usted los llama representantes legales electos, pues
bien, lo son; pero solo son eso y en base a un engaño reconocido por todos;
pero no por ello el país es de ustedes. El país no es de los que ustedes dicen
representar, que hoy en día no son otros que ustedes mismos. El país es de los
españoles y su papel, desprestigiado por completo es de simples representantes
nuestros, bueno de los que les votaron (y hoy creo que ni de esos), así que al
menos, un poquito de modestia, caballero representante suyo de usted.
Esperanza Aguirre va más allá y los denomina “imitadores
de los seguidores del matonismo de ETA en el país vasco”. Cospedal los compara
con los nazis. Pues bien, aquí, los únicos nacis, matones de ETA, violentos
acosadores, son los que dejan a familias en la calle, (como en la Alemania naci
sucedió a los judíos), sin un techo para vivir y con una deuda de por vida
sobre algo que ya no es suyo. Esta es la violencia, el nacismo, el terrorismo
que conozco y quien lo practica no son los “escriches”, sino como dirían ustedes
señorías, lo representantes electos democráticamente de un país al que están
conduciendo hacia una ausencia democrática total. ¡Claro a dónde nos van a
llevar si no!. Ya me olvidaba de quienes son ustedes…
(*)ILP: En este país la iniciativa popular
está regulada a nivel nacional y provincial. La Constitución española prevé la iniciativa popular en su
artículo 87.3 y siguientes y en la ley reglamentaria (Ley Nº 3 Orgánica de
1984). Se requieren 500.000 firmas acreditadas de ciudadanos, lo que
equivalente al 1,26%. El proceso se inicia mediante la presentación de la
documentación en la Mesa del Congreso de los
Diputados. La misma examina la documentación remitida y se pronuncia en el
plazo de 15 días sobre su admisibilidad. Es dable destacar que la comisión
promotora puede entablar recurso de amparo contra la no admisibilidad ante el
Tribunal Constitucional. Se establece que el plazo para la junta de firmas
tenga una duración de 9 meses. Dicho plazo puede ser prorrogado por causa
mayor. Por último, el Estado compensa a los promotores los gastos realizados en
la difusión y recolección de firmas, siempre que se alcance el número de firmas
requerido y se inicie la tramitación parlamentaria.
Juan Carlos Vázquez
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