Quien de mi come en mí vivirá. Amén |
Las leyes del hombre son inútiles cuando a ellas se someten seres etéreos. están creadas para juzgar a seres humanos no a seres dotados con poderes superiores y bendecidos por la gracia de Dios, ¿a qué me recuerda esto de la Gracia Divina...?.
Bueno, me hago eco de las palabras de un jubilado magistrado que ha tenido a bien compartir conmigo parte de su saber y que yo a su vez pongo a vuestra disposición.
"Durante años se ha estado repitiendo por el PP que el único
partido que había sido condenado por financiación ilegal era el PSOE, y
efectivamente hubo ocho condenas de prisión, desde 11 años a 5 años e
inhabilitación a dos senadores del PSOE, que luego fueron indultados
parcialmente, por el partido popular en el poder. Se trató del caso de Filesa
–empresa pantalla que recibía el dinero de comisiones de empresas contratistas-
Que fue instruido por el magistrado del Tribunal Supremo Marino Barbero, quien
registró personalmente la sede del PSOE ocupando todos los documentos que
consideró necesarios y accedió a todas sus cuentas personándose en el Banco de
España. Ahora, en el caso Bárcenas, al renunciar a su condición de senador, ya
no es un magistrado del supremo, sino que lo instruye el juez sustituto Ruz con
poca experiencia, que sigue básicamente las directrices de la fiscalía,
que está en sustitución del juez Garzón expulsado de la carrera por
unos hechos exactamente iguales a los que hizo el juez Pedreira, pero al que no
le inculparon, y que después de sobreseer a Bárcenas y su esposa, tuvo la
Audiencia Nacional que reabrir el caso.
Durante la instrucción no se ha realizado, no ya un registro en la
sede del PP, ni siquiera en la casa u oficina de Bárcenas, ni de sus papeles ni
correspondencia o telefonemas. El juez Ruz solicitó –en vez de aprehender
directamente- la entrega de dos ordenadores que utilizaba Bárcenas para
comprobar si coincidían con los apuntes manuscritos y sus fechas, y con gran
sorpresa uno tenía el disco duro cambiado y el otro machacado, no simplemente
borrado, para que no pudiera reconstruirse. Solicitado por las partes
acusadoras que se estableciera una relación de las donaciones efectuadas por
empresas que fueron concesionarias de obras públicas, pues esos hechos pudieran
constituir delitos de cohecho, de falsedad en documento mercantil, fiscal,
malversación de fondos públicos, apropiación indebida y tráfico de influencias.
El fiscal se opone, pues retrasaría mucho el procedimiento y habría que
destinar mucho personal para ese inmenso trabajo durante los últimos 5 años, y
el juez de acuerdo. En el caso Filesa esta era una empresa intermedia para
recibir las comisiones de las empresas que contrataban con el Estado, así que
fueron sus miembros condenados por asociación ilegal, ahora no hay sociedad
intermedia, directamente es recaudador el tesorero del PP, luego no se puede
condenar por asociación ilegal, salvo que se ilegalizara a todo el partido. Al
crearse la sociedad Filesa y se falsearan las cuentas hubo condena por delito
de falsificación de documentos mercantiles, ahora en el caso Bárcenas dice el
fiscal que el partido político no es una empresa por lo que no puede cometerse
el delito de falsedad documental. Así que ya podemos figurarnos el
resultado de este proceso. Por ahora el único condenado ha sido el juez que lo
instruía.
Por último, hay que destacar que el látigo de la corrupción, la ex
presidenta Esperanza Aguirre, la que dijo que había “destapado la Gürtel”, y
estaba esperando declarar ante la autoridad judicial para aclarar todo lo que
fuera necesario, ahora cuando ha sido citada como testigo se ha acogido al
privilegio que le concede una la Ley de Enjuiciamiento criminal modificada por
ley reciente, de declarar por escrito, por hechos ocurridos cuando ella era
presidenta de la comunidad de Madrid. De esta manera en las preguntas por
escrito que le hagan las partes y el juez, ella dispondrá del asesoramiento de
cuantos abogados quiera para contestar. Que se tenga ese privilegio para el
jefe del estado o presidente del gobierno parece razonable, pero que se
extienda a todos los presidentes de comunidades es un atropello procesal.
¿Dónde está el principio de oralidad y el de inmediación del juez, que proclama
nuestra Constitución? Ningún valor probatorio puede tener ese escrito. Un
desatino procesal. No se quiere citarla como imputada y se la cita como
testigo, que en principio se está más indefenso, ya que a diferencia del citado
como imputado, tiene obligación de declarar, de decir la verdad bajo pena de
falso testimonio y no está asistida de abogado. Pero si todo eso lo tiene que
decir por escrito, no sirve para nada. Que una ex presidenta se acoja a ese
privilegio, es un demérito, tal vez lo haga en vista del descalabro de su
compañera Cospedal que renunció a ese privilegio y salió del juzgado tropezando
contra un árbol de puro nerviosa".
Fdo: Un Magistrado jubilado
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